Law 25.080 / 99: "Prevé exenciones impositivas y créditos no reembolsables a las inversiones que se realicen en nuevos emprendimientos forestales, la instalación de nuevos proyectos foresto-industriales y la ampliación de los existentes, siempre y cuando éstos impliquen la implantación de nuevos bosques." TRANSLATION: Provides tax exemptions and nonrefundable credits for investments made in new forestry projects, the installation of new forest-industrial projects and expansion of existing ones, as long as they involve the establishment of new forests.
"Aplicación y conforme a la siguiente escala:
a) De 1 hasta 300 hectáreas hasta el ochenta por ciento (80%) de los costos de implantación.
b) De 301 hasta 500 hectáreas hasta el veinte por ciento (20%) de los costos de implantación.
En la Región Patagónica el régimen de subsidios previstos se extenderá:
c) Hasta 500 hectáreas hasta el ochenta por ciento (80%) de los costos de implantación.
d) Hasta 700 hectáreas hasta el veinte por ciento (20%) de los costos de implantación"
"El pago del apoyo económico indicado en el artículo precedente, se efectivizará por una única vez, para las siguientes actividades:
a) Plantación, entre los doce (12) y dieciocho (18) meses de realizada y hasta el ochenta por ciento (80%) de los costos derivados de la misma, incluido el laboreo previo de la tierra, excluyendo la remoción de restos de bosques naturales.
b) Tratamiento silviculturales (poda y raleo), dentro de los tres (3) meses subsiguientes a la realización y hasta el setenta por ciento (70%) de los costos derivados de la misma, deducidos los ingresos que pudieran producirse." (http://www.maa.gba.gov.ar/2010/SubPED/Agricultura/archivos/ley-25080.pdf)